En el artículo anterior hemos visto la multiplicidad de dimensiones que comporta una situación de riesgo y que, al abordarla, no debemos circunscribirnos únicamente a la dimensión del “daño físico”. Por el contrario, ahora veremos que en el ámbito laboral, el riesgo tiene una dimensión subjetiva y social que puede incidir en el funcionamiento real de la empresa.

El riesgo laboral

Circunscribiendo todo lo expresado al ámbito laboral, el riesgo habrá que considerarlo compuesto por varias unidades de análisis:

· La posibilidad de daño físico a personas o sistemas.
· La posibilidad de la pérdida de la utilidad esperada en una situación o    suceso.
· La percepción individual subjetiva del riesgo.
· La percepción social de las desigualdades e injusticias, la incompetencia o   falta de legitimidad percibida en quien toma decisiones para ocasionar o   minimizar un riesgo.
· Diferencias sobre “qué es y qué no es riesgo”, y su significado cultural.

La intervención sobre las actitudes y las conductas de los trabajadores es pertinente, sobre todo, tomando como unidad de análisis las percepciones individuales o las percepciones sociales. Aquí vamos a referirnos a estas últimas.

En toda empresa existen unos riesgos que pueden dar lugar a perjuicios en la salud de los que allí trabajan. El empresario tiene la obligación de identificarlos y evaluarlos, para poder establecer unos procedimientos de minimización y prevención de los mismos. La posible siniestralidad que pueda darse está relacionada con diversos factores de riesgo:

· Condiciones materiales de seguridad.
· Medio ambiente físico de trabajo.
· Contaminantes químicos y biológicos presentes en el medio ambiente de    trabajo.
· Carga de trabajo.
· Organización del trabajo.

Estos factores, juntos o por separado, configuran las condiciones de trabajo que forman parte del contexto de interacción en el que está el individuo. Tan importante es conocer los valores objetivos de riesgo, como saber la percepción subjetiva de los trabajadores, la cual incluirá tanto la percepción sobre el nivel de riesgo como sobre las posibles injusticias o agravios percibidos en el establecimiento del riesgo, o de sus procedimientos de minimización.

De esta manera, si el trabajador no identifica (percibe) y valora (interpreta) el riesgo tal y como ha estado definido por quienes lo han establecido y han arbitrado las medidas de prevención, es probable que aquel no logre ver el alcance y el sentido de dichas medidas, y, por consiguiente, sus conductas puedan manifestarse poco propicias a la seguridad.

Por otro lado, puede que el trabajador haya entendido perfectamente la definición del riesgo, y su punto de vista coincida con quienes han establecido las medidas de prevención, pero puede suceder que su conducta se muestre contraria a dichas medidas. En este caso será necesario identificar las dimensiones sociales del riesgo vinculadas al contexto de interacción y al clima laboral, es decir, las relaciones sociales en el seno de la empresa.


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